Organización interna
CATÁLOGO BÁSICO DE ACTIVIDADES
1. Son competiciones oficiales de ámbito estatal:
En la modalidad principal:
1- Campeonatos Nacionales de Primera y Segunda División.
1- Campeonatos Nacionales de Primera y Segunda División Femenina.
2- Campeonato de Primera RFEF.
2- Campeonato de Tercera División (Tercera RFEF).
3- Campeonato de Primera Nacional Femenina.
4- Campeonato de España/Copa de S.M. el Rey.
5- Campeonato de España/ Copa de S.M. la Reina.
6- Supercopa Masculina.
7- Supercopa Femenina.
8- Copa RFEF.
9- Copa de Campeones de División de Honor Juvenil.
10- Campeonato de División de Honor Juvenil.
11- Campeonato de Liga Nacional Juvenil.
12- Campeonato de España Juvenil/Copa de S.M. el Rey.
13- La Copa de las Regiones de la UEFA (Fase Nacional).
14- Campeonatos Nacionales de Selecciones Autonómicas en sus diversas categorías.
En la especialidad de Fútbol Sala:
1- Campeonato de Primera División de Fútbol Sala.
2- Campeonato de Segunda División de Fútbol Sala.
3- Campeonato de Primera División de Fútbol Sala Femenino.
2- Campeonato de Tercera División de Fútbol Sala.
3- Campeonato de Segunda División de Fútbol Sala Femenino.
4- Campeonato de España/ Copa de S.M el Rey de Fútbol Sala.
5- Campeonato de España/ Copa de S.M. la Reina de Fútbol Sala.
6- Supercopa de España masculina de fútbol sala.
7- Supercopa de España femenina de fútbol sala.
8- Copa de España de Fútbol Sala.
9- Campeonato de División de Honor Juvenil de Fútbol Sala.
10- Copa de España Juvenil de Fútbol Sala.
11- Campeonatos Nacionales de Selecciones Autonómicas en sus diversas categorías.
12- Campeonatos de España de Clubs (benjamines, alevines infantiles y cadetes).
En la especialidad de fútbol playa:
1- Campeonato de España de Fútbol Playa Masculino. Primera División Nacional.
2- Campeonato de España de Fútbol Playa Femenino. Primera División Nacional.
3- Campeonato de España/ Copa RFEF de Fútbol Playa Masculino.
4- Campeonato de España/ Copa RFEF de Fútbol Playa Femenino.
5- Campeonato de Selecciones Autonómicas de Fútbol Playa en sus diversas categorías Masculinas.
6- Campeonato de Selecciones Autonómicas de Fútbol Playa en sus diversas categorías Femeninas.
7- Campeonatos de España de Clubs (benjamines, alevines infantiles, cadetes y juveniles) de Fútbol Playa.
8- Torneo Open de Fútbol Playa Masculino.
9- Torneo Open de Fútbol Playa Femenino
En la especialidad de fútbol en silla de ruedas:
a) Campeonato de España de fútbol en Silla de Ruedas.
Corresponde a la RFEF, como actividad propia, el gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación del fútbol, en todas sus especialidades. En su virtud, es propio de ella:
a) Ejercer la potestad de ordenanza.
b) Controlar las competiciones oficiales de ámbito estatal, sin perjuicio de las competencias propias de la Liga Nacional de Fútbol Profesional.
c) Ostentar la representación de la FIFA y de la UEFA en España, así como la de España en las actividades y competiciones de carácter internacional celebradas dentro y fuera del territorio del Estado. A tal efecto es competencia de la RFEF la selección de los futbolistas que hayan de integrar cualesquiera de los equipos nacionales.
d) Autorizar la venta o cesión, fuera del territorio nacional, de los derechos de transmisión televisada de las competiciones oficiales de carácter profesional, y, asimismo, cualesquiera otras de ámbito estatal.
e) Formar, titular y calificar, en el ámbito de sus competencias, a los árbitros, así como a los entrenadores, o personal que desarrollen labores técnicas de dirección o auxiliares, cuya titulación se imponga a los clubes que participan en competiciones nacionales o internacionales.
f) Velar por el cumplimiento de las disposiciones por las que se rige.
g) Tutelar, controlar y supervisar a sus asociados, funciones que serán extensivas, excepto tratándose de clubs adscritos a la Liga Nacional de Fútbol Profesional, a la actividad económica de los mismos.
h) Promover y organizar las actividades deportivas dirigidas al público.
i) Emitir el informe sobre los Estatutos y reglamentos de la Liga Nacional de Fútbol Profesional que, como requisito previo a su aprobación por el Consejo Superior de Deportes, prevé el artículo 41.3 de la Ley del Deporte.
j) Contratar al personal necesario para el cumplimiento de sus funciones y la prestación de sus servicios.
k) Cumplir y hacer cumplir los estatutos, reglamentos, directrices y decisiones de la FIFA, de la UEFA y los suyos propios, así como las Reglas de Juego.
l) Elaborar las normas y disposiciones que conforman su ordenamiento jurídico.
m) Llevar a cabo las relaciones deportivas internacionales.
n) Velar por la pureza de los partidos y competiciones.
o) En general, cuantas actividades no se opongan, menoscaben y destruyan su objeto social.
Asimismo, la RFEF, ésta ejerce, bajo la coordinación y tutela del Consejo Superior de Deportes, las siguientes funciones públicas de carácter administrativo:
a) Calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones oficiales de ámbito estatal. A estos efectos, la organización de tales competiciones se entiende referida a la regulación del marco general de las mismas, según se establezca en la normativa federativa correspondiente.
b) Actuar en coordinación con las Federaciones de ámbito autonómico para la promoción general de su modalidad deportiva y las especialidades que comprende, en todo el territorio nacional.
c) Diseñar, elaborar y ejecutar, en colaboración, en su caso, con las Federaciones de ámbito autonómico, los planes de preparación de los futbolistas de alto nivel, así como participar en la elaboración de las listas anuales de los mismos.
d) Colaborar con la Administración del Estado y la de las Comunidades Autónomas en la formación de técnicos de las enseñanzas deportivas de régimen especial y en la prevención, control y represión del uso de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.
e) Organizar o tutelar las competiciones oficiales de carácter internacional que se celebren en el territorio del Estado.
f) Ejercer la potestad disciplinaria deportiva, en los términos establecidos en la legislación vigente, los presentes Estatutos, el Código Disciplinario y el Reglamento General.
g) Ejercer el control de las subvenciones que asignen a las asociaciones y entidades deportivas en las condiciones que fije el Consejo Superior de Deportes.
h) Ejecutar, en su caso, las resoluciones del Tribunal Administrativo del Deporte.